Página Principal Padre Carlos M. Buela Indice del Catecismo


Cuarto Mandamiento

HONRAR AL PADRE Y A LA MADRE

        «De conformidad con el cuarto mandamiento, Dios quiere que, después que a Él, honremos a nuestros padres y a los que El reviste de autoridad para nuestro bien.

        La comunidad conyugal está establecida sobre la alianza y el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos.

        La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar».[1]

        Los hijos deben amar a sus padres: «¿cómo podrás pagarles lo que han hecho por ti?»(Sir 7, 30); deben respetarlos: «de obra y de palabra honra a tu padre» (Sir 3, 9); deben obedecerles: «hijos, obedeced a vuestros padres en el Señor porque esto es justo» (Ef 6, 1), a no ser que manden algo que sea pecado, en cuyo caso «es preciso obedecer a Dios antes que a los hombres» (He 5, 29); deben socorrerlos en sus necesidades: «como un blasfemo es quien abandona al padre» (Sir 3, 16).

        Por este mandamiento también los padres están obligados a amar a sus hijos, atendiéndolos corporal y espiritualmente, procurándoles un sólido porvenir y colaborando en el crecimiento de su vida interior. Esos mismos padres, en cuanto esposos, deben amarse, ayudarse mutuamente, convivir en paz, y asimismo ser rectos en la administración de los bienes y en lo que atañe al débito conyugal y a la mutua fidelidad. Los hermanos entre sí se deben cariño, unión, edificación y ayuda. Se debe, además, un amor especial a los abuelos, tíos, primos, sobrinos, etc.

        Este mandamiento obliga también a los patrones con respecto a sus sirvientes, a los que deben tratar benignamente, instruirlos, corregirlos, y pagarles el debido salario. Correspondientemente, obliga a los criados con respecto a sus amos, a los que deben respeto, obediencia y fidelidad; y a los obreros respecto a sus patrones.

        Obliga además este mandamiento a los maestros y a los alumnos, ya que la sociedad escolar es como una prolongación de la familia, exigiendo de ellos el cumplimiento de sus deberes profesionales.

        Finalmente este mandamiento nos impone el amor y la piedad hacia la Patria (la palabra «patria» viene de «padres»), la tierra de nuestros mayores. Es la virtud del patriotismo que nos exige tener por nuestra Patria un amor de predilección, respetando y honrando su historia, tradición y destino, sirviéndola en el cumplimiento de sus leyes, defendiéndola contra los enemigos interiores y exteriores. Si uno no ama la Patria que ve, ¿cómo amará la Patria celestial que no ve? Jesús lloró por la suya.

        «La autoridad pública está obligada a respetar los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio de su libertad.

        El deber de los ciudadanos es cooperar con las autoridades civiles en la construcción de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad.

        El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las exigencias del orden moral. “Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (He 5, 29).

        Toda sociedad refiere sus juicios y su conducta a una visión del hombre y de su destino. Si se prescinde de la luz del Evangelio sobre Dios y sobre el hombre, las sociedades se hacen fácilmente totalitarias».[2]


[1] Catecismo de la Iglesia Católica, 2248-2251.  
[2] Catecismo de la Iglesia Católica, 2254-2257.

[Volver atrás]

Copyright © EDICIONES DEL VERBO ENCARNADO- Todos los derechos reservados.