El segundo Mandamiento
NO TOMAR EL SANTO NOMBRE DE DIOS EN VANO
El hombre debe
someterse a Dios y
rendirle singular reverencia, no sólo con el corazón, amándolo sobre todas las cosas,
sino también, con la boca, no pronunciando su nombre irreverentemente sino por el
contrario, proclamando las maravillas de Dios. Como dice la Escritura: «de la abundancia
del corazón habla la boca» (Mt 12, 34).
a) Lo que se manda
Este mandamiento prescribe, en su parte positiva:
La alabanza de Dios: es la expresión externa de nuestro
amor interior
a Dios: «Su alabanza estará siempre en mi boca» (Sl
34, 2).
El voto: es la promesa hecha a Dios de un bien mejor, por
ejemplo de ayunar, de hacer oraciones, una peregrinación, una limosna, de guardar
virginidad, etc. Tales votos, si se hacen con prudencia, son buenos y recomendables: «Haced votos a Dios y cumplidlos» (Sl 76, 12).
Los religiosos y religiosas se comprometen
delante de Dios con
tres votos públicos: por el voto de castidad «se han entregado a Dios en cuerpo y
alma» «por
amor al
Reino de los cielos» (Mt 19, 12); por el voto
de pobreza, «abandonan la posesión de todos los bienes exteriores, por el deseo de los
interiores, más excelentes»,
según aquello del Evangelio: «Si quieres ser perfecto, ve, vende lo que tienes y dalo a
los pobres» (Mt
19, 21); y por el voto de la obediencia anhelan imitar a Jesús «hecho obediente hasta la
muerte» (Flp
2, 8). San Roque González S.J., mártir rioplatense, escribía a su Superior desde su
aislamiento en la selva paraguaya: «Mi voluntad es hacer la de Vuestra Reverencia porque
haciéndola hago la de Dios..., vivo muriendo aquí... pero estoy resuelto a quedarme
aquí, aunque muera mil muertes... que no serán para mi pérdidas sino ganancias».
El juramento: es la invocación a Dios en testimonio de
verdad.
b) Lo que se prohibe.
Este
mandamiento excluye, en su parte negativa:
El uso del nombre de Dios en
vano: o sea, pronunciar sin motivo o sin el debido respeto el santo nombre de Dios, de la
Virgen o de los Santos.
La blasfemia: consiste en injuriar a Dios, a la Virgen o a los Santos. Es un pecado gravísimo. El General
José de San Martín, cuando era Jefe del glorioso Ejército de los Andes, mandó castigar
severamente a «todo el que blasfemaredel Santo Nombre de Dios o de su adorable Madre, o insultare a la religión».
El perjurio: es jurar en falso poniendo a Dios por testigo, con lo que se da a entender que Dios
no conoce la verdad o se presta para testificar la mentira. Es de suyo pecado grave.
San Cipriano.
San Gregorio Magno.
Carta del mártir, sobre
el Paraná, año 1614.
P. Cayetano Bruno, La
religiosidad de San Martín, ed. Don
Bosco, p. 9.
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