Página Principal Padre Carlos M. Buela Indice del Catecismo


El segundo Mandamiento

NO TOMAR EL SANTO NOMBRE DE DIOS EN VANO

        El hombre debe someterse a Dios y rendirle singular reverencia, no sólo con el corazón, amándolo so­bre todas las cosas, sino también, con la boca, no pronunciando su nombre irreverentemente sino por el contrario, proclamando las maravillas de Dios. Como dice la Escritura: «de la abundancia del corazón habla la boca» (Mt 12, 34).

a) Lo que se manda

 Este mandamiento prescribe, en su parte positiva:

– La alabanza de Dios: es la expresión externa de nuestro amor interior a Dios: «Su alabanza estará siempre en mi boca» (Sl 34, 2).
– El voto
: es la promesa hecha a Dios de un bien mejor, por ejemplo de ayunar, de hacer oraciones, una peregrinación, una limosna, de guardar virginidad, etc. Tales votos, si se hacen con prudencia, son bue­nos y recomendables: «Haced votos a Dios y cumplidlos» (Sl 76, 12).  
        Los religiosos y religiosas se comprometen delante de Dios
 con tres votos públicos: por el voto de castidad «se han entregado a Dios en cuerpo y alma»[1] «por amor al Reino de los cielos» (M­t 19, 12); por el voto de pobreza, «abandonan la posesión de todos los bienes exteriores, por el deseo de los interiores, más excelentes»[2], según aquello del Evangelio: «Si quieres ser perfecto, ve, vende lo que tienes y dalo a los po­bres» (Mt 19, 21); y por el voto de la obediencia anhelan imitar a Jesús «hecho obediente hasta la muerte» (Flp 2, 8). San Roque González S.J., mártir rioplatense, escribía a su Superior desde su aislamiento en la selva paraguaya: «Mi voluntad es hacer la de Vuestra Reverencia porque haciéndola hago la de Dios..., vivo muriendo aquí... pero estoy resuelto a quedarme aquí, aunque muera mil muertes... que no serán para mi pérdidas sino ganancias».[3]  
– El juramento
: es la invocación a Dios en testimonio de verdad.

b)  Lo que se prohibe.

         Este mandamiento excluye, en su parte negativa:

– El uso del nombre de Dios en vano: o sea, pronunciar sin motivo o sin el debido respeto el santo nombre de Dios, de la Virgen o de los Santos.  
– La blasfemia
: consiste en injuriar a Dios, a la Virgen o a los Santos. Es un pecado gravísimo. El General José de San Martín, cuando era Jefe del glorioso Ejército de los Andes, mandó castigar severamente a «todo el que blasfemaredel Santo Nombre de Dios o de su adorable Madre, o insultare a la religión».[4]  
– El perjurio: es jurar en falso poniendo a Dios
 por testigo, con lo que se da a entender que Dios no co­noce la verdad o se presta para testificar la mentira. Es de suyo pecado grave.  


[1] San Cipriano.  
[2] San Gregorio Magno.  
[3] Carta del mártir, sobre el Paraná, año 1614.  
[4]
P. Cayetano Bruno, La religiosidad de San Martín, ed. Don Bosco, p. 9.

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